Página 21 - Revista Comerciar N

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Informe Pyme
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CAME JOVEN
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Beneficios
La ley establece que el Poder Ejecutivo nacional deberá asignar un porcentual de los programas de asistencia
vigentes y a instrumentarse a la juventud que promueva proyectos, en el marco de las normas que regulan la
materia, empleando para ello las siguientes herramientas:
-De promoción y fomento financieros: a cargo de las entidades financieras con capital estatal
mayoritario de la Nación, o de las provincias y municipios que adhieran a la ley.
-De garantía: mediante asignaciones con cargo al Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Media-
na Empresa (FoGaPyMe), previsto en la Ley 25.300.
-De promoción y fomento impositivos: asignando exenciones o diferimientos de tributos nacionales.
-De promoción y fomento fiscales: asignando un porcentaje de los cupos fiscales vigentes, con
destino a instrumentos de promoción que se aplicarán para este fin.
-De promoción y fomento no financieros: a cargo de los organismos centralizados y descentralizados
de la administración nacional encargados de asistencia técnica, investigación y desarrollo, capacitación y
registro, entre otros, que otorgarán franquicias, exenciones o descuentos sobre las tasas, honorarios u otros
conceptos que percibieren en carácter de tributo o como retribución por los servicios prestados.
-Líneas de crédito concedidas por organismos financieros internacionales o países extran-
jeros: siempre que las condiciones de percepción convenidas por la República Argentina lo permitan.
betti, presidente de CAME Joven, ex-
presó: «Consideramos que esta par-
te de la ley es de vital importancia
para el sector, porque determina que
el Estado promueva el otorgamiento
de beneficios fiscales, tributarios y
crediticios, así como la inclusión de
programas específicos que promue-
van el espíritu emprendedor en todos
los niveles de enseñanza y la premia-
ción de proyectos innovadores que se
destaquen por la incorporación de
criterios de sustentabilidad, de cali-
dad y de tecnología».
Objetivos
-Fomentar el espíritu emprendedor en la juventud, promoviendo la crea-
ción, desarrollo y consolidación de empresas nacionales.
-Brindar herramientas fiscales y financieras, en el marco de las políticas
del Estado nacional, con el objeto de crear y afianzar proyectos elabora-
dos por la juventud empresaria.
-Promover la inserción en mercados nacionales e internacionales de bie-
nes, y servicios industriales, elaborados o prestados por la juventud em-
prendedora.
-Incentivar la elaboración de proyectos, ejecutados por la juventud empre-
saria, que incorporen innovación tecnológica.
-Articular la acción del Estado con entidades empresarias, organizaciones
no gubernamentales, universidades y empresas.
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