Page 8 - 167
P. 8

COMERCIAR I Institucional




                              CONSIDERACIONES SOBRE




                                               EL PROYECTO DE LEY



               REGULADOR DEL TELETRABAJO





                  Análisis detallado de la iniciativa que ya obtuvo media sanción en la Cámara de
                  Diputados, con apuntes para no generar trabas laborales y legales a las pymes.




                              En el marco del tratamiento en el Se-       conexión fuera de la misma". Esto es
                              nado de la Nación del proyecto de Ley       conveniente en la medida que, por ra-
                              de Teletrabajo que regula la modalidad      zones extraordinarias, se permita el ac-
                              de trabajo a distancia y que ya obtuvo      ceso del trabajador a dicha plataforma
                              media sanción en Diputados, la CAME         con autorización del empleador, de ma-
                              realizó un análisis técnico preliminar de   nera de no establecer un esquema tan
                              todos sus artículos, arribando a con-       rígido que vaya en contra de la dinámi-
                              sideraciones que deben ser atendidas        ca que necesite la empresa.
                              por las autoridades a fin de no generar     Una situación similar ocurre con el artí-
                              trabas laborales y legales a las peque-     culo 5, en donde se prohíbe al emplea-
                              ñas y medianas empresas a futuro.           dor exigir la realización de tareas y re-
                              Entre otros puntos, se destaca que si       mitirle comunicaciones fuera de la jor-
                              bien el proyecto menciona que se tra-       nada laboral. En este caso, habría que
                              ta de un contrato de trabajo, llama la      contemplar cada situación extraordina-
                              atención que a lo largo del texto se        ria que pueda surgir y que, en todo
                              hace mención a "persona que trabaja"        caso, la no exigencia sea para contes-
                              y no "trabajador" ni "empleado", mien-      tar dichas comunicaciones.
                              tras que al dador de trabajo sí se lo
                              denomina "empleador".
                              Por otra parte, el artículo 4 determina          Texto completo del análisis
                              que las plataformas y/o software deben                  disponible en
                              desarrollarse de modo acorde a la jor-              www.redcame.org.ar
                              nada laboral establecida "impidiendo la





                                   Se hace mención a

                                                   "persona
                                    que trabaja" y no
                                        "trabajador" ni
                              "empleado", mientras
                           que al dador de trabajo
                                     sí se lo denomina
                                            "empleador".
   3   4   5   6   7   8   9   10   11   12   13