Page 30 - Revista Comerciar N° 164
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COMERCIAR I Institucional





                                    NOVEDADES PARA PYMES







                                        ¥         PRÓRROGA


                                                  La AFIP estableció la prórroga la incorporación al SIRE de los Regí-
                                                  menes de Retención y Percepción de IVA, pasando del 1 de marzo
                                                  2020 al 1 de septiembre 2020.


                                                   ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○  ○  ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○  ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○  ○○○○○○○○○○○○○○
                                       ¥          DESAUTORIZACIÓN


                                                  El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dejó sin efecto
                                                  todas aquellas medidas que autoricen a las Administraciones Pro-
                                                  vinciales del Trabajo, en el marco de un procedimiento preventivo de
                                                  crisis sustanciado en sus jurisdicciones, la posibilidad de disponer y/
                                                  o afectar fondos y/o recursos del Estado Nacional. Ahora, solo po-
                                                  drán  sustanciarse con la intervención previa, directa y posterior ho-
                                                  mologación del Ministerio.
                                        ¥         CHEQUES TRUNCADOS                               ○○○○○○○○○○○○○○
                                                            ○
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                                                   ○
                                                  El Banco Central dispuso elevar el monto de los cheques truncados
                                                  sin envío de imagen a 80.000 pesos. De esta manera, las entidades
                                                  depositarias de cheques deberán retener los documentos y transmi-
                                                  tir la correspondiente información electrónica a la Cámara de Com-
                                                  pensación cuando el informe sea menor o igual al fijado. Para los que
                                                  sean superiores, la entidad depositaria tendrá que retener los docu-
                                                  mentos y transmitir la imagen del frente y dorso.
                                        ¥         FONDOS REPATRIADOS                              ○○○○○○○○○○○○○○
                                                                  ○
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                                                               ○
                                                                       ○
                                                                       ○
                                                                        ○
                                                                          ○
                                                                         ○
                                                                   ○
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                                                     ○
                                                    ○
                                                       ○
                                                      ○
                                                           ○
                                                  Los fondos a repatriar deberán acreditarse en cuentas abiertas en
                                                  entidades financieras a solo ese efecto, a fin de evitar la aplicación de
                                                  la alícuota diferenciada del impuesto sobre los bienes personales por
                                                  los bienes en el exterior, comunicó el Banco Central. Se mantendrán
                                                  en la moneda extranjera en la que se efectivice la repatriación.
                                        ¥         EJECUCIONES FUEGUINAS                           ○○○○○○○○○○○○○○
                                                                      ○
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                                                             ○
                                                       ○
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                                                                       ○
                                                                        ○
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                                                    ○
                                                      ○
                                                            ○
                                                                       ○
                                                   ○
                                                                 ○
                                                          ○
                                                                  ○
                                                                ○
                                                               ○
                                                          ○
                                                               ○
                                                         ○
                                                                    ○
                                                                   ○
                                                        ○
                                                                   ○
                                                              ○
                                                  El inicio de las ejecuciones fiscales correspondientes a Tierra del Fue-
                                                  go fue llevado al 1 de junio de 2020 por la AFIP, en el marco de la
                                                  declaración del estado de emergencia comercial vigente en la pro-
                                                  vincia.
                                                  ○ ○ ○ ○ ○ ○  ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○  ○  ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○ ○  ○○○○○○○○○○○○○
                                                     Más información disponible en www.came.org.ar
          came 164pmd.P65          30                                            13/03/2020, 17:05
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