Page 27 - Revista Comerciar N°156
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                COMERCIAR I     Institucional



               NOVEDADES PARA PYMES







                   ¥         DERECHOS DE EXPORTACIÓN


                             El Gobierno oficializó la eliminación de los derechos de exportación
                             para las mipymes que hayan exportado más, en términos FOB, que
                             el año calendario inmediatamente anterior, siempre y cuando estas
                             exportaciones previas no hayan excedido los 50 millones de dólares.
                             La desgravación estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2020 y
                             solo se aplicará sobre las operaciones de exportación de las merca-
                             derías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomen-
                             clatura Común del Mercosur (NCM).

                   ¥         SECTOR PRIMARIO       ○ ○ ○                    ○○○○○○○○○○○○○○
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                             La AFIP  reglamentó el Artículo 2 del Decreto 128/2019, que establecía
                             que los empleadores del sector primario agrícola e industrial de casi
                             50 actividades aplicarían la detracción de la base imponible, en su
                             totalidad, para las contribuciones patronales devengadas entre el 1°
                             de marzo pasado y el 31 de diciembre de 2021.
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                   ¥         DECLARACIÓN JURADA
                             Un micrositio con información –al 31 de diciembre anterior- sobre los
                             activos que cada contribuyente debe incluir en su declaración jurada
                             del impuesto sobre los Bienes Personales será lanzado por la AFIP.
                             Abarcará valor mínimo de los automotores y motovehículos, las
                             cotizaciones de las divisas, de los títulos valores y sus cupones
                             impagos y de las cuotapartes de los fondos comunes de inversión.
                             También contará con el detalle de formato de catastro
                             correspondiente a las distintas jurisdicciones del país.
                   ¥         LEALTAD COMERCIAL                              ○○○○○○○○○○○○○○
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                             El Poder Ejecutivo Nacional estableció una nueva normativa respecto
                             a la Lealtad Comercial. El decreto correspondiente estipula el listado
                             de actos –realizados en el mercado y con fines competitivos- que
                             serán sancionados, siendo de aplicación a todas las personas
                             humanas o jurídicas, de carácter público o privado, con o sin fines de
                             lucro.
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                                Más información disponible en www.came.org.ar
          came 156a.p65            27                                            21/05/2019, 20:00
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