Page 29 - Revista Comerciar N° 157
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                COMERCIAR I     Institucional








               NOVEDADES PARA PYMES






                   ¥         EMERGENCIA ECONÓMICA


                             El Gobierno Nacional, a través de la publicación en el Boletín Oficial
                             de la Ley 27.507, declaró en emergencia económica, productiva, fi-
                             nanciera y social, por el término de 365 días, a la cadena de produc-
                             ción de cítricos de las provincias de Entre Ríos, Corrientes, Misiones,
                             Jujuy y Salta.


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                   ¥         PLAZO PRORROGADO


                             La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció, a
                             través de la Resolución General 4506/2019, la prórroga hasta el 16 de
                             julio de las presentaciones de las declaraciones juradas a los impues-
                             tos a las Ganancias  sobre los Bienes Personales y a la ganancia
                             mínima presunta del ejercicio fiscal del año pasado.


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                   ¥         PRESENTACIÓN DIGITAL


                             La presentación electrónica de las declaraciones juradas a través de
                             la implementación del servicio con la clave fiscal "Presentaciones
                             Digitales" fue habilitada por la AFIP mediante Resolución General
                             4503/2019. A su vez, se permitirá realizar la presentación digital por
                             un trámite nuevo o uno relacionado con una presentación comple-
                             mentaria o anterior mediante la opción "Pronto Despacho" y también
                             visualizar el estado de la gestión.

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                   ¥         IMPORTACIÓN DE BIENES USADOS


                             A través del Decreto 406/2019, el Gobierno Nacional estableció nue-
                             vos requisitos para la importación de bienes de capital usados, me-
                             diante la creación del Certificado de Importación de Bienes Usados
                             (CIBU). Su emisión estará sujeta a la consulta previa a la Secretaría
                             de Industria, que se expedirá sobre la efectiva capacidad de provi-
                             sión local de los bienes involucrados, en tiempo y forma, con simila-
                             res características de prestación técnica, especificando en caso de
                             existir, las empresas proveedoras y su capacidad productiva.

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                                Más información disponible en www.came.org.ar








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